Divorcio, Propiedades y Bienes — copia

Divorcio, Propiedades y Bienes — copia 2018-07-18T12:23:11+00:00

Con el matrimonio se constituye una sociedad patrimonial, llamada régimen económico patrimonial, siendo muy importante ya que regula la propiedad el patrimonio de los cónyuges, y en Base a esta   se repartirá el patrimonio de la pareja al divorciarse . básicamente existen dos regímenes

Régimen de separación de bienes : los patrimonios de los cónyuges antes del matrimonio siguen separados y los bienes adquiridos en común se dividen entre dos al divorciarse.

Régimen de Gananciales.:

Al Divorciarse la Pareja se ha de acordar quien tendrá el derecho a usar la vivienda, en caso de no llegar a un acuerdo o en caso de conflicto la ley acuerda que sea el cónyuge que tenga la guarda de los hijos o si procediera se otorgará al mas necesitado de los dos

La ley regula que cualquiera de los cónyuges puede solicitar la división de los bienes comunitarios  en la demanda de
divorcio. El patrimonio también se repartirá según el régimen económico en el que se hayan casado .

La pensión compensatoria se otorgará, si corresponde, al cónyuge al que al divorciarse pierda poder adquisitivo y no pueda mantener un nivel de vida parecido al de cuando estaba casaso/a.  Normalmente  y debido a la falta de acuerdo esta pensión la acaban otorgando el juez, quien ha de tener en cuenta todos los factores económicos de la pareja durante el matrimonio

La Ley prevé esta pensión para los cónyuges que se han casado en régimen económico de separación de bienes.

Se otorga en función del tiempo dedicado por uno de los cónyuges.  Se requiere  es que uno de los
cónyuges haya trabajado para la casa sustancialmente más que el otro y que este otro haya aumentado considerablemente su nivel económico , también se aplica cuando un cónyuge haya tabajado para el tro pero con poca o nula retribución

La guarda y custodia de los hijos la tendrán que acordar los padres , por lo que en caso de mala relación o dificultad en llegar a un acuerdo tendrá que decidirlo un juez,  este  habrá de tener en cuenta una serie de criterios que regula la ley, ente otros el tiempo que dedicaba cada uno de ellos a los hijos, la relación con ellos, los horarios laborales, la proximidad o no de los domicilios de los progenitores. Tambien se escuchará a los hijos y su opinión habrá de tenerse en cuenta.

En Catalunya los cónyuges que tengan hijos menores en común y quieran disolver la relación están obligados  a presentar un plan de parentalidad en el que quedará regulado por escrito todo lo que concierne a la relación con los hijos, dónde vivirán, con quién , qué fines de semana ,la organización  festivos y vacaciones etc , la información entre cónyuges sobre la salud y la formación de los hijos, y todo lo que sea de importancia en su relación con los niños.

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